Juez de Nueva York ordena a Tether que documente el respaldo del USDT

La jueza del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, Katherine Polk Failla, ordenó a Tether que probara el respaldo 1 a 1 de su homónima stablecoin, Atadura (USDT). La empresa está obligada a proporcionar "libros mayores, balances, declaraciones de ingresos, estados de flujo de efectivo y estados de pérdidas y ganancias" y otros documentos al tribunal. 

la orden fue publicado el martes como parte de un caso que comenzó en 2019: la primera denuncia de un grupo de inversores contra iFinex, Tether y la empresa matriz de Bitfinex, alegó que la empresa manipuló el criptomercado al emitir Tether sin respaldo con la intención de inflar el precio de las criptomonedas como Bitcoin (BTC).

El juez Polk Failla desestimó las solicitudes de iFinex para bloquear la orden con el argumento de que la empresa había producido anteriormente los documentos "suficientemente" para la Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos y el Fiscal General de Nueva York. Encontró que la demanda de los Demandantes de documentos "indudablemente importantes" está bien establecida, ya que "parecen ir a una de las alegaciones centrales de los Demandantes".

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Previamente, en septiembre de 2021, el juez Polk Failla desestimó las pretensiones de los demandantes contra iFinex en virtud de la Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por Delincuentes y acusaciones relacionadas con el crimen organizado o el uso de las ganancias del crimen organizado para inversiones.

En febrero de 2021, en otro caso resuelto con la Oficina del Fiscal General de Nueva York, iFinex accedió a pagar 18.5 millones de dólares por daños y perjuicios a Nueva York y someterse a informes periódicos de sus reservas además de detener el servicio a los clientes en el estado. El acuerdo se produjo después de una investigación de 22 meses sobre si la compañía había estado tratando de cubrir sus pérdidas, promocionadas por un valor de $ 850 millones, al tergiversar el grado en que sus reservas de USDT estaban respaldadas por garantías fiduciarias.