La complejidad del uso justo

Autores colaboradores: Daniel Rozansky y Jeremy Beutler

El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de los Estados Unidos revocó el fallo de un tribunal de distrito federal de 2019 que establecía que la sentencia de un tribunal francés relacionada con una demanda que involucraba fotografías protegidas por derechos de autor del arte de Pablo Picasso era inaplicable según la ley estadounidense. El caso es notable por las conclusiones muy diferentes a las que llegaron dos tribunales de EE. UU., el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California y el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, con respecto a la defensa del uso justo de los derechos de autor, y ejemplifica la tarea a menudo compleja de evaluar cada de los factores de uso justo.

Según la Corte de Apelaciones Koops in De Fontbrune contra Wofsy, los acusados ​​publicaron una serie de libros en 1991 sobre la obra de Pablo Picasso. Los libros de los demandados presentaban varias fotografías con derechos de autor de los demandantes que los demandantes habían publicado previamente en un libro que catalogaba las obras completas de Picasso. Las partes iniciaron una batalla legal prolongada y compleja en Francia que resultó en una decisión de un tribunal francés que responsabilizó a los demandados por infracción de derechos de autor. El tribunal francés finalmente otorgó a los demandantes una indemnización de 2 millones de euros.

Mientras la apelación del caso estaba pendiente en los tribunales franceses, los demandantes entablaron una demanda en los Estados Unidos solicitando la ayuda de los tribunales estadounidenses para recuperar la indemnización de 2 millones de euros de los demandados que residían en California.

En los procedimientos estadounidenses, los acusados ​​impugnaron la decisión del tribunal francés por numerosos motivos, el más notable de los cuales fue que la sentencia francesa repugnaba a la política pública de los Estados Unidos que protege la libertad de expresión. Los demandados argumentaron que la doctrina del uso justo bajo la ley de derechos de autor, una característica que no existe en el esquema de derechos de autor de Francia, habría protegido el uso de las fotografías por parte de los demandados. Debido a que la sentencia de la corte francesa contradecía la ley de los EE. UU., argumentaron los demandados, la sentencia no debería ejecutarse en los EE. UU.

El tribunal de distrito estuvo de acuerdo con los demandados y sostuvo que el uso de las fotografías de los demandantes por parte de los demandados calificaba como uso justo según la ley de derechos de autor. Como tal, el tribunal de distrito se negó a reconocer y hacer cumplir la sentencia del tribunal francés. El Noveno Circuito, sin embargo, revocó, concluyendo que el uso de las fotografías por parte de los acusados ​​no calificaba como uso justo y devolvió el caso a la corte de distrito para resolver disputas fácticas relacionadas con otras defensas de los acusados.

La doctrina del uso justo de los derechos de autor pretende equilibrar la prohibición de copiar de las leyes de derechos de autor con el interés de la Primera Enmienda en la libre expresión. La aplicación de la doctrina del uso justo implica sopesar cuatro factores: (i) el propósito y el carácter del uso; (ii) la naturaleza del trabajo protegido por derechos de autor; (iii) la cantidad y sustancialidad de la porción utilizada; y (iv) el efecto sobre el mercado o valor potencial.

Aquí hay más información sobre los cuatro factores y lo que el tribunal de distrito y el Tribunal de Apelaciones dijeron sobre cada uno de ellos:

Finalidad y carácter del uso

El primer factor a menudo se considera el más importante y, a menudo, colorea el análisis de los tribunales de los otros tres factores. Bajo este factor, los tribunales consideran la forma en que la parte que reclama el uso justo utilizó el trabajo protegido por derechos de autor y si el uso es "transformador". Un uso se considera “transformador” cuando el trabajo protegido por derechos de autor se usa para un propósito nuevo o tiene un significado o mensaje diferente del trabajo original. Por ejemplo, cuando una obra se utiliza con fines educativos o informativos, es más probable que un tribunal considere el uso justo. Los usos comerciales, sin embargo, normalmente se oponen al uso legítimo.

En este caso, el tribunal de distrito consideró que el hecho de que los libros de los demandados estuvieran destinados a bibliotecas, instituciones académicas, coleccionistas de arte y casas de subastas era evidencia de que el propósito de los libros estaba estrechamente relacionado con la crítica, la enseñanza, la erudición y la investigación. —propósitos que están explícitamente identificados bajo la ley de derechos de autor como uso legítimo.

Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones no estuvo de acuerdo y caracterizó el uso de las fotografías por parte de los demandados como meras “reproducciones de fotografías con derechos de autor en un libro ofrecido a la venta”. Debido a que el uso de las fotografías por parte de los acusados ​​era comercial, esto pesaba en contra del uso justo. Además, observó la Corte de Apelaciones, el uso no fue transformador porque las fotografías fueron publicadas por los demandados por la misma razón por la que los demandantes publicaron originalmente las fotografías: ambas fueron utilizadas en libros sobre la obra de Picasso. Como tal, el Tribunal de Apelaciones concluyó que el primer factor pesaba en contra del uso justo.

Naturaleza del trabajo protegido por derechos de autor

Debido a que la ley de derechos de autor tiene por objeto proteger, en esencia, la expresión creativa, el segundo factor tiene en cuenta la medida en que una obra es creativa en comparación con la naturaleza fáctica. Es menos probable que el uso de obras que constituyen el núcleo de la protección de los derechos de autor (como poemas, novelas y obras musicales) se considere justo, mientras que es más probable que el uso de obras fácticas (como reportajes de noticias u obras científicas) ser considerado justo.

Tanto el tribunal de distrito como el Tribunal de Apelaciones reconocieron que las fotografías tenían un carácter documental. Las fotografías tenían la intención de mostrar las obras subyacentes de Picasso y eran un tanto objetivas. Sin embargo, ambos tribunales también se basaron en la observación del tribunal francés de que las fotografías contenían al menos algunos elementos creativos. El fotógrafo tomó decisiones deliberadas con respecto a la iluminación, la lente, los filtros y el encuadre de cada fotografía. El tribunal de distrito y el Tribunal de Apelaciones llegaron a conclusiones similares, aunque no idénticas, basadas en este razonamiento. El tribunal de distrito determinó que este factor pesó "ligeramente lejos de encontrar un uso justo", mientras que el Tribunal de Apelaciones concluyó que las cualidades creativas de las fotografías impidieron que este factor "pesara mucho, si es que pesaba, a favor del uso justo".

Cantidad y Sustancialidad de la Porción Utilizada

Con este factor, menos es más. Cuanto menor sea la cantidad de material presuntamente infractor que se utilice, mayor será la probabilidad de que el uso se considere justo. Piense en este factor como una ecuación de división: cuanto más pequeño sea el numerador en comparación con el denominador, es más probable que el uso se considere justo.

En este caso, la corte de distrito y la corte de apelaciones divergieron con respecto al universo de obras que deben estar en el denominador de esta ecuación. El tribunal de distrito señaló que el libro de los demandantes incluía unas 16,000 fotografías y que los demandados copiaron solo 1,492 fotografías, menos del diez por ciento de las obras de los demandantes. El Tribunal de Apelaciones, sin embargo, consideró cada fotografía por sí misma y encontró que el demandado copió las 1,492 fotografías cada una en su totalidad; en otras palabras, se copió el 100% de cada fotografía. Aunque el Tribunal de Apelaciones reconoció que la copia de una obra completa puede calificar como uso justo si la copia es transformadora, la copia de una obra completa con fines comerciales, y sin usar la obra de manera transformadora, pesó en contra del uso justo.

Efecto sobre el mercado o valor potencial

Este factor se relaciona con si la supuesta infracción afectará negativamente al mercado de la obra original. En particular, el primer factor impacta el análisis bajo este factor: si un uso presuntamente infractor es tanto comercial como no transformador, los tribunales presumen que ha habido daño de mercado.

Al determinar que este factor pesaba a favor del uso legítimo, el tribunal de distrito se basó, en parte, en el hecho de que el libro de los demandantes había aumentado de valor durante el tiempo en que la serie de libros de los demandados estuvo en el mercado. Esto, según el tribunal de distrito, indicaba que los libros de los demandados no tenían impacto en el mercado de los libros de los demandantes.

La Corte de Apelaciones rechazó este análisis, encontrando que el mercado de los libros de las partes no era el mercado relevante a considerar; más bien, debido a que se trataba de fotografías individuales (no de los libros completos de las partes), el mercado relevante era la marca de licencia para las fotografías en disputa. Sin evidencia de cómo se vio afectado el mercado de licencias de fotografías, el Tribunal de Apelaciones se basó en la presunción de daño al mercado porque el uso de los demandados fue comercial y no transformador. Como tal, este factor pesó contra el uso legítimo.

Los méritos de una defensa de uso justo a menudo pueden ser difíciles de predecir, en parte debido a la forma divergente en que los tribunales pueden abordar cada uno de los cuatro factores de uso justo. Esto hace que confiar en la defensa del uso legítimo sea un ejercicio incierto para los autores, cineastas y otros creativos que pueden buscar utilizar o aprovechar las obras de otros para crear sus propias obras creativas.

Será interesante ver el De Fontbrune caso, ya que las partes buscan apelar el caso ante el Tribunal Supremo o litigar el asunto en prisión preventiva en el tribunal de distrito.

Cuando se le contactó para hacer comentarios, Neil Popović, representante de Wofsy y Alan Wofsy & Associates, declaró lo siguiente:

Seguimos revisando la opinión del Noveno Circuito para determinar si existen motivos para solicitar una nueva audiencia, una nueva audiencia en pleno o certiorari. Entre otras cosas, el análisis del uso legítimo del Tribunal pasa por alto algunos hechos importantes, incluida la naturaleza de las fotografías, que la Sucesión Picasso había autorizado a Wofsy a usarlas y el interés público en obras de referencia como El Proyecto Picasso.

En particular, la opinión reconoce que el procedimiento de astreinte francés subyacente no se entregó correctamente a Wofsy, y el Tribunal de Apelaciones proporcionó una hoja de ruta para continuar con la defensa por falta de notificación si el caso termina nuevamente en el tribunal de distrito.

El Tribunal de Apelaciones también dejó espacio para que Wofsy siguiera una defensa basada en fraude, reconociendo que de Fontbrune tergiversó ante el tribunal francés que poseía los derechos de propiedad intelectual pertinentes en el momento en que inició el caso astreinte en Francia.

Legal Entertainment se ha comunicado con la representación para hacer comentarios y actualizará esta historia según sea necesario.


Daniel Rozanski es socio de Stubbs Alderton & Markiles LLP en Los Ángeles. Ejerce en las áreas de entretenimiento, propiedad intelectual y litigios comerciales, y representa a clientes en múltiples plataformas, incluidas películas, televisión, música, conciertos y giras, y medios digitales. Regularmente revisa pilotos de televisión, guiones y otro material en desarrollo para ayudar a esos clientes a identificar y evitar responsabilidades potenciales.

jeremy beutler es asociado de Stubbs Alderton & Markiles LLP. Asesora a clientes en asuntos de gestión de marcas registradas y representa a clientes en asuntos de marcas registradas en tribunales federales y ante la Junta de Apelaciones y Juicios de Marcas Registradas. Su práctica también se enfoca en temas de ciberseguridad y privacidad de datos.

Fuente: https://www.forbes.com/sites/legalentertainment/2022/07/19/picasso-copyright-case-reversed-the-complexity-of-fair-use/