¿Debo nombrar a mi cónyuge o mi fideicomiso como beneficiario de mi 401(k) e IRA?

Querido Harry

Estoy casado y quiero que todo mi patrimonio vaya a mi cónyuge. Tengo un fideicomiso revocable que continuará en beneficio de mi cónyuge después de mi muerte. ¿Debo nombrar a mi cónyuge o mi fideicomiso como beneficiario de mi plan 401(k) e IRA?

Querido lector,

Como con la mayoría de las respuestas legales, todo depende. Sin duda, es más sencillo nombrar directamente a su cónyuge. Luego, pueden convertir los planes de jubilación en su propia IRA y realizar retiros en su propio horario.

Sin embargo, existen algunas ventajas en los fideicomisos. Pueden brindar una mayor protección a los acreedores que la otorgada a los fondos de jubilación. Pueden conservar cualquier fondo que su cónyuge no necesite para sus hijos, si los hubiere. Esto puede ser especialmente importante en el caso de segundos matrimonios. Los fideicomisos también pueden brindar protección en caso de que su cónyuge quede incapacitado a una edad posterior. Puede brindar protección contra estafas para las cuales las personas mayores son objetivos especiales y proteger los activos de tener que gastarlos para pagar el cuidado a largo plazo.

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Los fideicomisos también se utilizan en la planificación de impuestos sucesorios. Pocos estadounidenses ahora tienen propiedades gravables a nivel federal con un umbral de poco más de $ 12 millones. Pero varios estados tienen sus propios impuestos sobre el patrimonio, con un umbral tan bajo como $1 millón en Massachusetts y Oregón. Si vive en uno de esos estados, un fideicomiso puede proteger esta cantidad de impuestos en caso de muerte del sobreviviente suyo y de su cónyuge.

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Para que un fideicomiso mantenga los fondos del plan de jubilación y califique como beneficiario designado, debe ser un fideicomiso de “conducto” o de “acumulación”. Los fideicomisos de conducto son mucho más fáciles de redactar y administrar. Disponen que las distribuciones mínimas anuales requeridas se envíen a su cónyuge sobreviviente. Los fideicomisos de acumulación permiten que estos se mantengan en fideicomiso, pero dada la naturaleza complicada de estos fideicomisos, generalmente solo los usamos en casos especiales, por ejemplo, cuando el beneficiario necesita calificar para beneficios públicos.

Si sus planes de jubilación deben ser pagaderos a un fideicomiso depende de sus circunstancias, ya sea que haya una razón para proteger los fondos que irían al fideicomiso o si vive en un estado con un impuesto al patrimonio. Incluso si lo hace, es posible que pueda financiar el fideicomiso con activos que no sean para la jubilación y hacer que su fondo de jubilación pase a su cónyuge.

En Massachusetts, donde ejerzo y donde tenemos un umbral bajo de impuestos sobre el patrimonio, generalmente recomendamos a los clientes que nombren a sus cónyuges como el beneficiario principal de sus planes de patrimonio y sus fideicomisos y el beneficiario secundario. Esto permite que el cónyuge sobreviviente determine si recibe el plan de jubilación directamente o si lo transfiere al fideicomiso mediante la ejecución de un descargo de responsabilidad. Un descargo de responsabilidad permite que el cónyuge sobreviviente a la propiedad designada sea tratado como si hubiera muerto primero. En este caso, un descargo de responsabilidad permitiría al cónyuge sobreviviente designar una parte o la totalidad de los fondos del plan de jubilación para pasarlos al beneficiario secundario, el fideicomiso. De esta manera, pueden tomar la determinación cuando haya más información disponible sobre la cantidad de fondos que pueden tener disponibles, sus posibles impuestos sobre el patrimonio y la probabilidad de que necesiten atención a largo plazo o estén sujetos a una demanda.

Harry S. Margolis practica la ley de la tercera edad, el patrimonio y la planificación de necesidades especiales en Boston y Wellesley, Massachusetts, y es el propietario mayoritario de ElderLawAnswers.com. Es autor de La guía de fideicomisos para los baby boomers: su herramienta multiusos de planificación patrimonial y responde a las preguntas de los consumidores sobre cuestiones de planificación patrimonial en www.AskHarry.info

Fuente: https://www.marketwatch.com/story/i-want-my-entire-estate-to-go-to-my-spouse-when-i-die-should-i-name-them-or- mi-fideicomiso-como-beneficiario-11654020435?siteid=yhoof2&yptr=yahoo