Exigir a los empleados que enciendan sus cámaras web es una violación de los derechos humanos, dictamina un tribunal holandés

Cuando con sede en Florida Chetu contrató a un vendedor por teléfono en los Países Bajos, la empresa exigió que el empleado encendiera su cámara web. El empleado no estaba contento con ser monitoreado "durante 9 horas por día", en un programa que incluía compartir pantalla y transmitir su cámara web. Cuando se negó, lo despidieron. según documentos judiciales públicos (en holandés), por lo que la empresa declaró fue “negativa a trabajar” e “insubordinación”. Sin embargo, el tribunal holandés no estuvo de acuerdo y dictaminó que "las instrucciones para mantener la cámara web encendida están en conflicto con el respeto a la privacidad de los trabajadores". En su veredicto, el tribunal llega a sugerir que exigir vigilancia por cámara web es una violación de los derechos humanos.

“No me siento cómodo siendo monitoreado durante 9 horas al día por una cámara. Esto es una invasión de mi privacidad y me hace sentir muy incómodo. Esa es la razón por la que mi cámara no está encendida”, el documento judicial cita la comunicación del empleado anónimo a Chetu. El empleado sugiere que la empresa ya lo estaba monitoreando: “Ya puedes monitorear todas las actividades en mi computadora portátil y estoy compartiendo mi pantalla”.

Según los documentos judiciales, la respuesta de la empresa a ese mensaje fue despedir al empleado. Eso podría haber funcionado en un estado a voluntad como Florida, el estado natal de Chetu, pero resulta que las leyes laborales funcionan un poco diferente en otras partes del mundo. El empleado llevó a Chetu a los tribunales por despido injustificado, y el tribunal falló a su favor, lo que incluye pagar los costos judiciales del empleado, salarios atrasados, una multa de $50,000 y una orden para eliminar la cláusula de no competencia del empleado. El tribunal dictaminó que la empresa debe pagar los salarios del empleado, los días de vacaciones no utilizados y también otros costos.

"El seguimiento a través de una cámara durante 8 horas al día es desproporcionado y no está permitido en los Países Bajos", concluyó el tribunal en su veredicto, y además destaca que este seguimiento va en contra de los derechos humanos del empleado, citando el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales; “(…) la videovigilancia de un empleado en el lugar de trabajo, ya sea encubierta o no, debe considerarse una intrusión considerable en la vida privada del empleado (…), y por lo tanto [el tribunal] considera que constituye una injerencia en el sentido del artículo 8 [Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales]”.

Chetu, a su vez, aparentemente no se presentó al caso judicial.

Vía Horarios de NL.

Fuente: https://finance.yahoo.com/news/demanding-employees-turn-webcams-human-000823653.html