Una guía para el Acuerdo de París y el Intl. Negociaciones Climáticas (Parte 1)

Este es el cuarto artículo de una serie que explora las reuniones climáticas globales, las Conferencias de las Partes (COP). Explora muchos de los elementos clave del Acuerdo de París y la forma en que han influido en las negociaciones climáticas globales actuales. El siguiente artículo cubrirá los elementos restantes del Acuerdo de París y un artículo final resumirá la COP 27.

En noviembre 4th, 2016, luces verdes brillantes iluminaron la Torre Eiffel y el Arco del Triunfo para celebrar el Acuerdo de París entrando en vigor. Hace poco menos de un año, los líderes mundiales se reunieron en la Ciudad de las Luces para elaborar el acuerdo climático más completo de la historia. En comparación con Kioto, que tardó ocho años en entrar en vigor, París se ratificó a la velocidad del rayo. Además, el Protocolo de Kyoto solo obligó a las naciones industrializadas a reducir las emisiones, pero el Acuerdo de París comprometió a casi todas las naciones del mundo a la acción climática. Sin embargo, ante el aumento de las emisiones y el creciente caos climático, ¿París iría lo suficientemente lejos?

Comprender el Acuerdo de París es clave para comprender todas las negociaciones climáticas internacionales actuales. Las discusiones sobre los objetivos nacionales de cero emisiones netas, los mercados internacionales de carbono y las necesidades de financiación climática se basan en los artículos del Acuerdo de París.

Estas dos piezas son una guía accesible de los elementos y artículos más importantes de la Acuerdo de París. Esta pieza explorará los objetivos generales de París (Artículo 2), reducciones de emisiones y sumideros de carbono (Artículos 4 y 5), esfuerzos de colaboración global (Artículos 6, 10 y 11), y adaptación y pérdidas (Artículos 7 y 8).

Un nuevo marco (París 2015, COP 21, concentración global de CO2: 401 ppm)

París es más que un simple tratado de reducción de emisiones; es un marco integrado para considerar los impactos del cambio climático y acelerar una transición sostenible. Los tres objetivos del Acuerdo de París se describen en Artículo 2. Incluyen: un compromiso con la mitigación, “mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de los 2 °C por encima de los niveles preindustriales y proseguir los esfuerzos para limitar el aumento de la temperatura a 1.5 °C por encima de los niveles preindustriales” (Artículo 2a). También cubren un compromiso con la adaptación climática y el desarrollo sostenible al “aumentar la capacidad de adaptarse a los impactos adversos del cambio climático y fomentar la resiliencia climática y el desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero” (Artículo 2b). Finalmente, París pide un compromiso para hacer que los flujos financieros sean consistentes con un futuro resiliente y bajo en emisiones (Artículo 2c). Igual que el original Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) había hecho en 1992, el Acuerdo de París reconoce las diferencias nacionales en desarrollo, recursos y vulnerabilidad climática, estableciendo la expectativa de “responsabilidades comunes pero diferenciadas”.

Reducción de emisiones

Artículo 4 del Acuerdo de París describe las expectativas de mitigación (reducción de emisiones) de todos los países signatarios. Las naciones definen sus objetivos de reducción, denominados Contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC), y los planes para alcanzar esos objetivos. Las NDC se envían a la CMNUCC (el organismo que supervisa el proceso de la COP) y se informa públicamente sobre el progreso en relación con ellas. Cada cinco años, si no con mayor frecuencia, los países presentan nuevas NDC con ambiciones climáticas progresivamente más altas. Bajo París, se les pide a las naciones desarrolladas que tomen la iniciativa en el establecimiento de "objetivos de reducción de emisiones absolutas en toda la economía", mientras que a las naciones en desarrollo se les pide que aceleren sus esfuerzos de mitigación y avancen hacia reducciones en toda la economía. Aunque los países establecen sus propias NDC, el Acuerdo de París especifica que las NDC deben apoyar "reducciones rápidas" en las emisiones para alcanzar emisiones globales netas cero a mediados de siglo. Artículo 5 alienta a los signatarios a "conservar y mejorar" los sumideros y depósitos de gases de efecto invernadero (GEI), como los bosques, las turberas y los suelos. Dichos esfuerzos de protección y restauración complementan las actividades de reducción de emisiones.

Colaboración global

Los objetivos climáticos globales son inalcanzables sin la colaboración global. Por lo tanto, el Acuerdo de París contiene múltiples enfoques para ampliar la cooperación climática.

Artículo 6 define mecanismos colaborativos los países pueden utilizar para alcanzar sus objetivos de emisiones. El primer mecanismo es la obligación de mitigación transferida internacionalmente (ITMO) (Artículo 6.2). Los ITMO son acuerdos en los que una nación reduce sus emisiones y luego vende o transfiere esas reducciones a otra nación, que puede contar las reducciones para su objetivo de NDC. El segundo mecanismo es similar al “Mecanismo de Desarrollo Limpio” de Kioto. El “Mecanismo de Desarrollo Sostenible” permite a los países financiar esfuerzos de desarrollo sostenible en otros países que pueden utilizarse para cumplir con sus propias NDC (Artículo 6.4). El tercer mecanismo se relaciona con los enfoques no comerciales que las naciones pueden adoptar para ayudarse mutuamente a alcanzar objetivos climáticos y de desarrollo sostenible (Artículo 6.8). El Acuerdo de París requiere transparencia para todos los mecanismos para garantizar que las transacciones resulten en reducciones de emisiones adicionales y eviten la doble contabilización.

Para mantenerse dentro de nuestros objetivos climáticos, las economías en desarrollo no pueden seguir el camino de la industrialización de combustibles fósiles de los 20th siglo. Los sistemas de energía en todo el mundo deben "saltar" los combustibles fósiles y pasar a las energías renovables y otras tecnologías bajas en carbono. Desafortunadamente, la mayor parte de la financiación para la innovación y el despliegue de bajas emisiones de carbono se produce en los países desarrollados. Artículo 10 establece un marco tecnológico para acelerar la transferencia de tecnología entre países desarrollados y en desarrollo. El marco también considera tecnologías que pueden mejorar la resiliencia climática.

Artículo 11 Acompañamientos Artículo 10 centrándose en el fomento de la capacidad. Los esfuerzos de creación de capacidad se centran en los países en desarrollo y en los más vulnerables a los impactos climáticos. Estas comunidades recibirán apoyo en la implementación de sus acciones de adaptación y mitigación. El desarrollo de capacidades también se extiende a las áreas de finanzas climáticas, educación, capacitación y concientización pública (mencionado en Artículo 12 también).

Resiliencia climática

Si bien el debate público sobre el Acuerdo de París se centra en lograr emisiones netas de dióxido de carbono cero para 2050, el cambio climático ya está afectando vidas y medios de subsistencia en la actualidad. Sus impactos solo se harán más severos con el tiempo. Artículo 7 del Acuerdo de París reconoce la necesidad urgente de apoyar la adaptación climática y desarrollar la resiliencia en las comunidades vulnerables. Las naciones deben desarrollar y presentar Planes Nacionales de Adaptación (NAP) que describan los riesgos y los esfuerzos de resiliencia. A través de las fronteras, la colaboración internacional sobre adaptación puede determinar las mejores prácticas para evaluar los riesgos climáticos y prepararse para el cambio climático. París hace un llamado a las naciones desarrolladas para que aceleren los esfuerzos para promover la adaptación en los países en desarrollo a través de financiamiento público, privado y mixto. Necesidades de financiación de la adaptación en los países en desarrollo puede llegar a $ 340 BN anualmente para 2030, pero preocupantemente, actualmente se proporciona menos de una décima parte de esta cantidad.

Si bien los esfuerzos de adaptación efectivos pueden limitar algunos daños climáticos, ciertos eventos climáticos han causado y seguirán causando daños económicos significativos. Artículo 8 busca promover la justicia climática para los más afectados por los impactos climáticos y los menos responsables de las emisiones históricas. La idea de los pagos por “pérdidas y daños” ha sido una de las partes más polémicas del marco de París. Los principales emisores históricos (EE. UU. y la UE) han bloqueado los esfuerzos para asignar la responsabilidad monetaria por las pérdidas y daños climáticos desde la firma del Acuerdo de París. Sin embargo, una campaña para tener en cuenta las consecuencias del cambio climático en las zonas más vulnerables ha dado lugar a un gran avance. En la COP27, se llegó a un acuerdo para crear un fondo de Pérdidas y Daños. Sin embargo, los detalles sobre cómo la elegibilidad y la financiación siguen siendo inciertos.

La siguiente pieza cubrirá los elementos restantes del Acuerdo de París y el camino hacia la implementación en las COP posteriores.

Fuente: https://www.forbes.com/sites/davidcarlin/2022/11/23/a-guide-to-the-paris-agreement-and-intl-climate-negotiations-part-1/